HOLA QUE PASA Doña Luisa Castillo Sánchez, en calidad de Coordinadora Delegada del sindicato “Alternativa de trabajadores de seguridad privada” de la empresa “Vectalia Seguridad, S.L.”, en la provincia de Alicante, consulta sobre si puede reducirse, por condiciones económicas, un servicio de seguridad privada, sin que se revisen las condiciones de seguridad mínimas establecidas por el Jefe o Director de Seguridad. CONSIDERACIONES Con carácter previo se participa que los informes o respuestas que emite esta Unidad tienen un carácter meramente informativo y orientativo -nunca vinculante- para quien los emite y para quien los solicita, sin que quepa atribuir a los mismos otros efectos o aplicaciones distintos del mero cumplimiento del deber de servicio a los ciudadanos. El artículo 38 de la Ley 5/2014 de 4 de abril, de Seguridad Privada, bajo el título “Prestación de servicios de seguridad privada”, establece en sus apartados 1º y 3º lo siguiente: 1. Los servicios de seguridad privada se prestarán d… Publicar un comentario SEGUIR L

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